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martes, 13 de diciembre de 2011

EUDOMAR SANTOS ATACA DE NUEVO...............

Según nota publicada en el diario “Ultimas Noticias” de hoy (13/12/11 en la página 34,) el Reglamento de la Ley Orgánica del Deporte que el Ministerio dará a conocer el jueves 15 del presente mes no incluirá normas para el patrocinio de proyectos deportivos. Explica la nota que Miguel Bermúdez, Director General del IND y responsable de la comisión designada para la redacción del Reglamento, declaró al diario que el Reglamento “precisará los mecanismos para el aporte al Fondo, mientras que el tipo de proyectos que las empresas podrán patrocinar será materia de lineamientos”. El diseño de estos “lineamientos” estará a cargo del Directorio del IND, y a juicio de Bermúdez deberán tener “carácter periódico, pues tendrán que ir de acuerdo con la planificación que se defina desde el ministerio”. Agrega el Director General del IND: El Registro Nacional del Deporte será la base para la aprobación de proyectos, por lo que ese registro será la herramienta con más impacto en el contenido del Reglamento.

De las declaraciones emitidas por el Director General del IND se desprende que:

·        Va a ser el IND el que decida no sólo a donde van a ir los recursos del Fondo, sino también el otro 50% del aporte de las empresas, si esto es así, ¿para qué establecieron en la redacción del artículo 68 de la Ley, la división del aporte del 1% de los ingresos netos de las empresas que superen las 20.000 UT? . Si al final el estado es el que va a decidir todo, ¿Por qué no se dejó la redacción del artículo como estaba originalmente?. ¿Por qué no se dice claramente que TODO el aporte empresarial va para el Fondo y punto?.  Estos “revolucionarios” matan el tigre y ahora le tienen miedo al cuero.

·     Para nadie es un secreto como se “planifica” en este país. Salir ahora con que el diseño de los “lineamientos” será “periódico”, y que estarán de acuerdo con la “planificación que decida el Ministerio”, nos hace recordar al personaje aquel de la telenovela “Por estas calles”, Eudomar Santos, que decía “como vaya viniendo, vamos viendo”.

Hacemos un paréntesis para recordarle a Miguel “Eudomar” Bermúdez que, la disposición transitoria SEXTA de la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física, establece que “A los fines de la adecuación organizativa y funcional del Instituto Nacional de Deportes a esta Ley, el Ejecutivo Nacional, en un lapso que no excederá de treinta días continuos a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, decretará el alcance y los términos de la reorganización administrativa de dicho instituto”. La Ley fue publicada en la GO Nro 39.741 del martes 23 de agosto de 2011, es decir que el 23 de septiembre ha debido estar listo el decreto de re-estructuración del IND, lo cual hasta donde hemos podido averiguar no ha sucedido. Preguntas: ¿Un organismo que está en plena re-estructuración por obsoleto y desfasado de la realidad deportiva nacional, es el que va a elaborar los lineamientos del patrocinio deportivo establecido en la actual Ley Orgánica del Deporte?. Si no han sido capaces de definir el alcance de la re-estructuración del IND, ¿serán aptos para diseñar “lineamientos” y planificar políticas deportivas?.

Volviendo a las declaraciones de Eudomar Bermúdez, tenemos otro planteamiento al que hay que meterle la lupa y tener los ojos bien pelaos, porque eso de que el Registro Nacional del Deporte “será la base para la aprobación de los proyectos” suena al re-establecimiento de una estación de peaje y no precisamente el de Tazón, en el que seguramente van a bajar de la mula a más de uno, y/o “orientar” la aprobación de recursos hacia los proyectos que presenten “los panas”.

Ustedes dirán, ¡Conchále vale estos si son mal pensados!. Otros como  Eudomar Bermúdez o algún otro miembro del Directorio del IND, nos dirán “cachorros del imperio”, “agentes del capitalismo” y otras frases típicas de burócratas que quieren quedar bien con el Presidente. Pero resulta que al leer la ley no encontramos nada que nos aclare “los malos pensamientos”, solo encontramos estas referencias al Registro que más bien justifican nuestra suposición:

ARTICULO 63: “Las empresas productoras de bienes y servicios asociados a la actividad física y el deporte, deberán inscribirse y mantener actualizados sus datos en el Registro Nacional del Deporte, la Actividad Física y la Educación Física……..”

ARTÍCULO 64: “Las entidades públicas o privadas, podrán brindar patrocinio comercial a las organizaciones sociales promotoras del deporte domiciliadas en el territorio nacional y que se encuentren debidamente inscritas en el Registro Nacional del Deporte, la Actividad Física y la Educación Física, debiendo informar sus convenios al Instituto Nacional de Deportes, en un plazo que no excederá de quince días hábiles posteriores a la celebración de los contratos respectivos…….”.

ARTÍCULO 42: “Los Clubes son la expresión organizativa primaria del sistema asociativo deportivo nacional. Se constituirán bajo las formas del derecho privado sin fines de lucro o mediante su inscripción en el Registro Auxiliar del Registro Nacional del Deporte, la Actividad Física y la Educación Física que se llevará en cada municipio. ……..”.

De la redacción de estos tres artículos se desprende que:

·     Sólo las empresas productoras de bienes y servicios deportivos están obligadas a inscribirse en el Registro Nacional del Deporte.

·     Las entidades públicas o privadas que patrocinen actividades deportivas, que estén inscritas en el Registro, sólo deben informar en los 15 días siguientes a la firma del contrato respectivo.

·      Los Clubes tienen ahora dos opciones para constituirse: 1) La actual, es decir, ir ante una oficina de registro público y consignar el acta constitutiva y estatutos bajo la figura de asociación civil sin fines de lucro. 2) Inscribirse directamente ante el Registro Auxiliar del Registro Nacional.

Por otra parte, en el artículo 39 se reconoce la autonomía de las organizaciones sociales promotoras del deporte de carácter asociativo. Dicha autonomía es administrativa,  organizativa, económica, financiera y funcional. De acuerdo a lo expresado por el Directivo del IND si, por ejemplo, FUNDAPATRIMONIO entidad del estado Venezolano desea patrocinar a la Escuela de Beisbol Menor del Metro de Caracas, deberá esperar un procedimiento burocrático que lo autorice. Otro ejemplo, si la Fundación UCV desea patrocinar a la Escuela de Fútbol de la UCV o a la EBM de la AEA UCV, deberá esperar a que el Directorio del IND lo autorice. ¿Tiene sentido tanta complicación burocrática?.  Lo único que puede surgir de este “enredado” procedimiento es el establecimiento de una excesiva discrecionalidad en manos del Directorio del IND, que además de producir gérmenes para la corrupción, contradice el criterio básico de la Ley sobre quién es el responsable del desarrollo de la actividad deportiva en el país.

Como se recordará, durante la discusión del proyecto de la ahora Ley vigente, surgieron dos criterios, uno que planteaba que todo el sistema deportivo debería quedar en manos del estado, es decir, desde el club pasando por las Federaciones y llegando al COV debería estar en manos del Estado. De acuerdo a este criterio, la unidad básica deportiva no sería el club tal como hoy es, sino la Comisión de Deportes y Recreación de los Consejos Comunales. Esta instancia sería la encargada de patrocinar el club de béisbol, fútbol, etc., que competirían con el resto de las divisas de los Consejos Comunales “vecinos”, es decir, las ligas serían “propiedad” de las comunas. En consecuencia las organizaciones promotoras de las diferentes disciplinas deportivas en la región, serían electas por las comunas, así sucesivamente hasta llegar al ámbito nacional.

El otro criterio era el de mantener las cosas como estaban (y como quedó al final), es decir, mantener un sistema “mixto” en el que la responsabilidad se la pelotean el sector privado y el público de acuerdo a como “vayan viniendo las cosas”. Ejemplo claro de este despelote lo tenemos en el fútbol y el beisbol. Como en este momento los vientos económicos soplan a favor del Fútbol, los grandes intereses económicos y mediáticos dirigen grandes recursos hacia esa disciplina a pesar que el béisbol es seguido por el 47% de los venezolanos, que nuestro país ha conquistado tres títulos mundiales y en el ranking mundial nos ubicamos entre los 10 primeros. La promoción que tienen las ligas de Fútbol menor en prensa y TV es mucho mayor que las que tienen las ligas de béisbol menor (en especial las federadas).

Sobre este último planteamiento hay mucha tela que cortar, por lo que dejamos hasta allí por ahora para regresar a nuestra discusión principal. Decíamos que el criterio de responsabilidad compartida entre el Estado y el sector privado fue el que al final se impuso en la redacción de la ahora vigente Ley, aprobada por todos sin excepción, es decir por chavistas “camisa roja” y escuálidos “defensores de la propiedad privada”. Ahora asuman su responsabilidad de no tener la voluntad de hacer las cosas bien, desenreden y no enreden más las cosas, si el criterio aprobado fue el de la responsabilidad mixta, pues todo el sistema tiene que ser “mixto”. Si ahora es que se vienen a dar cuenta que lo que aprobaron contradice su discurso político, como dijo el ex presidente Herrera  “tarde piaste pajarito”, asuman su barranco o chúpense esa mandarina porque nadie los mando a no ser consecuentes con lo que pregonan. ¿Revolución deportiva?, ¡Yo te aviso chiruli!

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